lunes, 14 de abril de 2014

Estructura Tributaria Argentina

El Sistema Tributario de un país es un conjunto de leyes y normas relativas a los tributos exigidos por los Estados en todos sus niveles.
La Constitución Nacional prevé la creación de tributos por parte del Congreso para financiar los gastos de la Nación. Las contribuciones directas deberán ser dictadas por tiempo determinado y las contribuciones indirectas serán coparticipables con las provincias. La facultad de gravar exportaciones es potestad exclusiva del Estado Nacional.
El gobierno federal recauda los tributos directos (Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales) y los indirectos como el IVA, y otros impuestos internos y co-participa a las provincias de acuerdo a un acuerdo previo.
Pero también el congreso comparte su facultad de legislar con las provincias (sólo en relación a las contribuciones indirectas).
Argentina no posee un código tributario. El mismo está compuesto por leyes aisladas.
Dicho todo esto, y analizando la incidencia de los distintos tributos en nuestro sistema tributario, podemos enunciar una primera conclusión diciendo que la estructura tributaria es básicamente regresiva.
Un impuesto es regresivo cuando la participación de los tributos en el ingreso de los que menos ganan es mayor que los que mas ganan. Es decir, la relación entre impuestos pagados por una persona y sus ingresos aumenta a medida que el ingreso disminuye.
Los impuestos regresivos por excelencia son los impuestos que recaen sobre los consumos. Esto significa que al no tener en cuenta el ahorro, el porcentaje de impuesto de los que menos ahorran es superior al de los que menos ahorran.
Decimos que la estructura tributaria de Argentina es básicamente regresiva debido a que tienen mayor participación en la recaudación total los impuestos indirectos. El IVA es el principal tributo que recauda nuestro país: en Enero de 2014 el Ministro de Economía anunció la recaudación del mes en el orden de 90.307 millones de pesos. El IVA significó un 30% del total con 27.220 millones, un 42,3% más respecto del mismo mes del año anterior.
Sólo en el período 2003 a 2011 el IVA pasó del 12,3 al 17% del PBI, mientras que el impuesto a las Ganancias lo hizo de 3,9 a 5,9%.
Esto afecta sin dudas a los sectores de menores ingresos, que destinan el total de sus ingresos al consumo de bienes con IVA. Este sector que destina todo su ingreso para vivir está pagando el 21% de IVA, en cambio el que ahorra por ejemplo el 30% paga el impuesto sólo sobre el 70% que consume, es decir, el 14,7% de su ingreso total.
Este efecto, que los que menos tienen paguen mas impuesto, es algo eminentemente inconstitucional si tenemos en cuenta que uno de los pilares del Derecho Tributario es el de "Equidad", que viene  aparejado con otro principio que es el de "Capacidad Contributiva". El Art 16 de la Constitución Nacional establece que "la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas. Esto no significa una igualdad absoluta sino lo que en doctrina se denomina "Igualdad entre iguales". Que significa esto? Que a mayor renta, consumo, o patrimonio debe aportarse en mayor medida.
Por lo tanto si queremos tender a un sistema tributario mas justo y equitativo, debemos abogar por un impuesto que se apoye sobre las ganancias y no sobre los consumos, dicho de otra manera, que la incidencia en la estructura tributaria total de un país sea un impuesto Progresivo, respetando el principio Constitucional de Capacidad Contributiva.